Textos Jurídicos - Ámbito Mundial
2007- Foro de la sociedad civil sobre envejecimiento: Foro de ONGs y Foro
- Foro de la sociedad civil sobre envejecimiento: Foro de ONGs y Foro Científico: contribución de la sociedad civil a la Conferencia Ministerial de la ONU sobre envejecimiento. León, 5 de noviembre de 2007
- En su declaración final se afirma: El civismo activo, el dinamismo de la sociedad civil y la interacción entre los ciudadanos y el Estado son imprescindibles para lograr una sociedad para todas las edades. Estos requisitos fomentan la cohesión social, ayudan a superar la discriminación por motivos de edad y dotan a las personas de edad y a los jóvenes de los medios de valerse por sí mismos y de trabajar de consuno. Confirmamos que, para promover la participación, es fundamental contar con un entorno propicio, que fomente una vejez activa, la educación permanente y el acceso a las tecnologías modernas de la información y las comunicaciones, así como el voluntariado y la acción cívica. Consideramos importante promover la participación de las personas, a medida que envejecen, en la vida económica, social, cultural y política de su sociedad. El fomento de las posibilidades de acción de las personas de edad y la promoción de su participación plena son cruciales para lograr una vejez activa, y deben impulsarse por medio de medidas apropiadas.
2003 - OCDE, (2003) : Beyond Rhetoric: Adult Learning Policies and Practices. (pdf)
2002- CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA (2000/C 364/01)
- Declaración de Hamburgo sobre la Educación de Adultos de 1997: “1. La educación a lo largo de toda la vida es por tanto más que un derecho: es una de las claves del siglo XXI. Es a la vez consecuencia de una ciudadanía activa y una condición para la participación plena en la sociedad… La educación de adultos puede configurar la identidad y dar significado a la vida. Aprender durante toda la vida significa replantear los contenidos de la educación a fin de que reflejen factores tales como la edad, la igualdad entre hombres y mujeres, las discapacidades, el idioma, la cultura y las disparidades económicas”
- Señala que la educación a lo largo de la vida "debe dar a cada individuo la capacidad de dirigir su destino en un mundo en el que la aceleración del cambio, acompañada del fenómeno de la mundialización, tiende a modificar la relación de hombres y mujeres con el espacio y el tiempo".
- El artículo 13.1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales se expresa de igual modo: “Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a la educación. Convienen en que la educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y debe fortalecer el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales. Convienen asimismo en que la educación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre,…”.
- El apartado 1 del artículo 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos reconoce el derecho de todos a la educación, así como el acceso a estudios superiores que será igual para todos, en función de los méritos respectivos.